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Concurso de acreedores
SUMMA XXI RESOURCES SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL
CIF B99112005Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 21/10/2017 → 21/10/2017
- Procedimiento
- 284/2017
Cronología del expediente
- Declaración de concurso21/10/2017⚖️ ZARAGOZAProc. 284/2017Auto 05/10/2017
EDICTO Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º- Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 284/2017 - F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2017 0000247, en el cual se ha dictado en fecha de 5 de octubre de 2017, Auto de declaración de concurso de la deudora concursada Doña Rocío Gregorio Cuartero, con D.N.I. número 17.447.406-C y domicilio en Illueca (Zaragoza), Calle Mayor, 8-12, 3.º-B, Código Postal 50250, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual. 2.º- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición de la citada deudora concursada sobre su patrimonio, sean intervenidas por la Administración Concursal designada y sometidas a su autorización y conformidad. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, nombramiento que ha recaído en la sociedad "Summa XXI Resources, S.L.P.", con C.I.F. número B99112005, con despacho profesional en Calle Laguna de Rins, n.º 6, 2.º-Centro Izquierda, de 50005-Zaragoza; Teléfono: 976-750640; FAX: 976-074559; y correo electrónico en el que efectuar la comunicación de créditos, así como cualquier otra notificación: [email protected], quien ha aceptado el cargo mediante Acta de fecha 16 de octubre de 2017, habiendo sido designado para representar a dicha sociedad en el ejercicio de su cargo al economista don Javier José Sánchez Hernández, con D.N.I. número 25.455.749-Q. Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado. 4.º- La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal) Zaragoza, 17 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.