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Concurso de acreedores

SUMINISTROS ISDABI SL

CIF B57470700Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
120/11/201020/11/2010
Procedimiento
363/2010

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso20/11/2010
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAProc. 363/2010Auto 19/10/2010

    Edicto Doña Virginia García Prada, Secretario Judicial en funciones de sustitución ordinaria, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración concurso 363/2010, se ha dictado a instancias de Suministros Isdabi, S.L.U., en fecha 19 de octubre de 2010, auto de declaración de concurso voluntario de Suministros Isdabi, S.L.U., con CIF número B-57470700, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Alcudia. Segundo.- Se ha acordado la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad declarada en concurso. Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 20 de octubre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.