InicioJusticiaSUMINISTROS HIDROVALLE SL

Concurso de acreedores

SUMINISTROS HIDROVALLE SL

CIF B53901807Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
507/06/201105/07/2014
Procedimiento
6/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante
Administración concursal
Victoriano Moreno Jiménez con

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso05/07/2014
    ⚖️ ALICANTEAuto 13/06/2014

    Edicto Doña CRISTINA CIFO GONZÁLEZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente Hago saber, que en fecha 13 de junio de 2014 se ha dictado auto de conclusión del presente concurso de la mercantil SUMINISTROS HIDROVALLE, S.L. con C.I.F./N.I.F. número B-53901807, con domicilio en calle Pico Veleta, n.º 44, Elda, que se tramita en este Juzgado con el n.º 6/11-R, cuya parte dispositiva es la siguiente: 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de SUMINISTROS HIDROVALLE, S.L. 2. El deudor SUMINISTROS HIDROVALLE, S.L. queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor SUMINISTROS HIDROVALLE, S.L. que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4. Se acuerda la extinción de SUMINISTROS HIDROVALLE, S.L. decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 9 de mayo de 2014. 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177). Alicante, 17 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Apertura de liquidación21/05/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteAuto 14/04/2014

    Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de concurso abreviado - 000027/2013-D, de la Mercantil Auxiliares del Calzado Antón, S.L., con CIF B-53901807, en cuyo seno, con fecha veintiséis de febrero de dos mil catorce, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 1. Se acuerda poner fin a la fase común. 2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 3. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal 5. Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de diez días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC. 6. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 7. Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (art. 168 LC). Comuníquese a la Administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. 8. Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de diez días. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la Administración concursal." Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el don SALVADOR CALERO GARCÍA, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe. Allicante, 14 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

  3. Apertura de liquidación14/04/2012
    ⚖️ ALICANTEProc. 6/2011Auto 01/03/2012

    Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente, hago saber, que en fecha 1 de marzo de 2012 se ha dictado auto de fin de la fase común y apertura de liquidación de la concursada Suministros Hidrovalle, S.L., con CIF número B-53901807, que se tramita con el número 6/2011, cuya parte dispositiva es la siguiente: 1.- Se acuerda poner fin a la fase común. 2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 3.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4.- Se declara la disolución de la mercantil concursada Suministros Hidrovalle, S.L., así como, en todo caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte. 5.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 6.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener, una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita. Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC. y disposición adicional decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre). En Alicante a, 1 de marzo de 2012.- La Secretario.

  4. Otro acto concursal17/10/2011
    ⚖️ ALICANTEAuto 05/09/2011

    El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia: 1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveído por resolución de fecha 5 de septiembre de 2011, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el 00006/11-R y de la concursada SUMINISTROS HIDROVALLE, S.L., con CIF B-53901807. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Alicante, 5 de septiembre de 2011.- La Secretario Judicial, Cristina Cifo González.

  5. Declaración de concurso07/06/2011
    ⚖️ ALICANTEAuto 27/04/2011

    Doña Inmaculada Martínez Ordóñez, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso Dictado por este Juzgado: Juzgado de Lo Mercantil número 1 de Alicante, Calle Pardo Gimeno, 43. Numero de asunto: 6/11-R. Tipo de concurso: Concurso Voluntario Abreviado. Entidad instante del concurso y concursado: Suministros Hidrovalle con CIF B-53901807 Domicilio en Calle Pico Veleta, nº 44 Elda. Representación y asistencia técnica: Letrado, Don Mariano José Hernández Rico y Procurador, Vicente Jiménez Izquierdo. Fecha de presentación de la solicitud: 27 de abril de 2011. Fecha del auto de declaración: 18 de mayo de 2011. Administrador concursal: Victoriano Moreno Jiménez con domicilio sito en Alicante en Calle Alemania, 9, 2º dcha. Asimismo, se designa como cuenta de correo electrónico a los efectos de notificaciones la siguiente: despacho @gm-abogados.es tfno. 965924512. Fax 965 13 42 93. Facultades del concurso: Se mantienen las facultades de disposición y administración. Constancia del patrimonio inmobiliario: No consta. Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal. Forma de personación: Por medio de Abogado y Procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia. Alicante, 20 de mayo de 2011.- Secretario Judicial, Inmaculada Martínez Ordóñez.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.