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Concurso de acreedores

SUBMINISTRES TELOBIS SL

CIF B60265568Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
202/02/201304/09/2025
Procedimiento
857/2012
Juzgado
Mercantil - 5

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso04/09/2025
    ⚖️ Mercantil - 5Proc. 857/2012Juez : Florencio Molina LópezAuto 14/12/2021

    Auto de conclusión de concurso

  2. Declaración de concurso02/02/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 857/2012Auto 16/01/2013

    Edicto dando Publicidad a la declaración de concurso. Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dictó el presente edicto: Juzgado: Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12.ª planta. Numero de asunto: Concurso voluntario 857/2012 4.ª Tipo de concurso: Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF: "Subministres Telobis, S.L.", B-60265568. Fecha del auto de declaración: 16 de enero de 2013. Administradores concursales: Don José Miguel Igualada Belchí, con NIF 34.819.581-L, domiciliado en Rambla Catalunya, 57, 3.ª, Barcelona 08007, como Abogado, con n.º de teléfono 93.159.15.15 con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Las comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 21 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.