Concurso de acreedores
SUASUS SL
CIF B62002407Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 28/03/2013 → 27/02/2016
- Procedimiento
- 64/2013 · 03/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso27/02/2016⚖️ BARCELONAProc. 64/2013Auto 16/11/2015
D. Francisco Velasco Garcia-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia sust. del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona. Hago Saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 64/2013, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad SUASUS, S.L., con CIF núm.B62002407, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Numero del Asunto.- Concurso voluntario 64/2013, Sección C5. NIG del Procedimiento.- 08019-47-1-2013-8000063. Entidad Concursada.-SUASUS, S.L., con CIF n.º B62002407. Tipo de Concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de Conclusión.- 16 de noviembre de 2015. Barcelona, 16 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Adm. de Justicia sust.
- Declaración de concurso28/03/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de BarcelonaProc. 03/2013Auto 08/03/2013
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 64/13, en el que se ha dictado auto, declarando en estado de concurso a la entidad Suasus, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.- Concurso Voluntario 64/13-C5. NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2013 8000063. Entidad Concursada Suasus, S.L., con CIF nº B62002407. Tipo de Concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de Declaración.- 04/03/2013. Administradores Concursales.- D/doña RAFAEL ABATI GARCIA-MANSO, con correo electrónico [email protected] Facultades del Concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. LLamamiento a los acreedores y comunicación de creditos conforme al art.85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administracion concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 8 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.