Concurso de acreedores
STUYCO SA
CIF A28281749Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 23/12/2013 → 23/12/2013
- Procedimiento
- 770/2013
Cronología del expediente
- Otro acto concursal23/12/2013⚖️ MADRIDProc. 770/2013Auto 03/12/2013
Edicto Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento concursal registrado como CNA 770/2013, con el número de identificación general (NIG): 28079100101832013, por auto de 3 de diciembre de 2013, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Stuyco, S.A. con CIF A28281749, y con domicilio social en calle Maudes, n.º 51, 9, Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente: Doña Marta Gasalla Montesinos, con D.N.I:33523692-L, vecino de Madrid, con domicilio en la calle Guzmán el Bueno, 105, 2.º izquierda, 28003, Madrid. Teléfono: 609 06 37 69. Email: [email protected] Profesión: Abogada. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 11 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.