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Concurso de acreedores

STONEY HILL SL

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Publicaciones
113/02/201713/02/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso13/02/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 2 de ValenciaAuto 12/09/2016

    Edicto D./Dña. JORGE VÍCTOR IGLESIAS DE BAYA, Letrado de la Administracion de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en el Juzgado y Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n.º 000554/2016, habiéndose dictado en fecha doce de septiembre de de dos mil dieciséis por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de STONEY HILL, S.L. con domicilio en Calle Embajador Vich, n.º 3-4 F, Valencia y CIF B-98498561, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al Tomo 9568, folio 38, libro 6850, hoja V-151857. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D.ª MARÍA PASTOR RODES con domicilio en la C/ Convento, n.º 10-bajo, de Rocafort (Valencia), y correo electrónico [email protected] Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los terminos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 12 de septiembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.