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Concurso de acreedores

STEPS PERITACIONES SL

CIF B60302718Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 24/02/2015 → 26/03/2018
Procedimiento
1082/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
Administración concursal
D

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal26/03/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BarcelonaProc. 1082/2014Auto 15/03/2018

    Edicto Margarita Marquina Castells, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 1082/2014 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso STEPS PERITACIONES, S.L., con NIF B60302718, con domicilio en calle Navas de Tolosa, número 250, de Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 15 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal24/02/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 1082/2014Auto 11/02/2015

    Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1082/2014-CM, en el que se ha dictado con fecha 06.02.2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad Steps Peritaciones, S.L., con CIF B60302718, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8009193. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Steps Peritaciones, S.L., con domicilio en Barcelona - 08027, c/ Navas de Tolosa, 250. Administrador concursal: D. Juan Antonio Borrás Abós, con domicilio en Barcelona-08036, c/ Aribau, 198, 4.º con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 11 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.