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Concurso de acreedores

STAYSATFRIENDS SL

CIF B65503625Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
216/12/201418/01/2016
Procedimiento
10/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso18/01/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaAuto 28/10/2015

    Edicto Don Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en el Concurso n.º 803/14 B seguido en este Juzgado a instancia del Procurador señor Antonio Andújar Santos en nombre de Staysatfriends, S.L., con CIF núm.: B65503625, se ha dictado en esta fecha Auto acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administracion Concursal en el ejercicio de su cargo, con aprobación de la rendición de cuentas presentada. Barcelona, 28 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal16/12/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 10/2014Auto 31/10/2014

    Edicto. Don Rafael Huerta García, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso voluntario n.° 803/14, a instancia del Procurador don Antonio Anjudjar Santos, en nombre y representación Staysatfriends, S.L., con CIF B65503625, en el que se ha dictado con fecha 27/10/2014, Auto declarando en estado de concurso con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador concursal a doña Aurora Padilla Marchal, quien en fecha 30/10/2014 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal P.º de Gracia 37, 2.° 1.ª, de Barcelona, y dirección electrónica [email protected]. Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 31 de octubre de 2014.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.