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Concurso de acreedores

SPROKE SOCIEDAD LIMITADA

CIF B12201216Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
207/12/201118/11/2019
Procedimiento
563/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso18/11/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de CastellónProc. 563/2011Auto 07/11/2019

    EDICTO Doña María de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articuló 23 de la Ley Concursal, Hago saber: PRIMERO: Que por Auto de fecha 7 de noviembre de 2019, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], nº 563/2011, N.I.G. n° 12040-66-2-20110000690, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor SPROKE, S.L., domiciliado en 12550 Almazara, Castellón, Polígono Industrial Ramonet, camí deIs LLadres, parcela número 28 y C.LE número B-12201216. SEGUNDO: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta: Parte Dispositiva: 1.- Se declara la Conclusión del presente concurso de SPROKE, S.L., seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000563/2011-IV., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello. 2.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la Administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal. 3.- En particular, Acordar la Extinción de la entidad SPROKE, S.L., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes. 4.- ElL presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC). 5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan. 6.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso. 7.- Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso. Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC). Magistrado Letrado de la Administración de Justicia. Castellón de la Plana, 8 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Mª de las Mercedes Checa Moya.

  2. Otro acto concursal07/12/2011
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 563/2011Auto 24/11/2011

    Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.-Que por auto de fecha 24 de noviembre de 2011 en el procedimiento número 563/2011, se ha declarado en concurso voluntario ordinario a la deudora "Sproke, Sociedad Limitada", con domicilio en polígono industrial Ramonet, Cami dels Lladre, parcela número 28 Almazora (Castellón), y C.I.F. número B-12201216. Segundo.-Que dicha deudora conserva su facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar de la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Castellón de la Plana, 24 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.