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Concurso de acreedores

SPORT KARS MALAGA SL

CIF B92589787Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
529/05/201207/05/2025
Procedimiento
322/2012
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA · Mercantil - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal07/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 322/2012Auto 14/04/2025

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso07/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 322/2012Auto 14/04/2025

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso25/04/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 322/2012Juez : ROCIO MARINA COLLAuto 14/04/2025

    Auto conclusión concurso

  4. Otro acto concursal27/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 322/2012Juez : AMELIA MARIA PUERTAS FARIÑAAuto 20/02/2025

    Rendición de cuentas por conclusión del concurso

  5. Otro acto concursal29/05/2012
    ⚖️ MÁLAGAAuto 21/05/2012

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 322/12, por auto de 21 de mayo de 2012 se ha declarado en concurso abreviado al deudor Sport Kars Málaga, S.L., con NIF/CIF B 92.589.787 cuyo domicilio y centro de principales intereses lo tiene en Málaga en calle Calañas, 9, Málaga, Código Postal 29004. 2.º Que el deudor no conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, al haberse acordado la liquidación de la sociedad habiendo sido sustituidas sus facultades a favor de la administración concursal. 3.º Que los acreedorres disponen de un mes para comunicar sus créditos. Para ello deberán dirigirse directamente al Administrador Concursal don Manuel Lanza Rodríguez en Nuestra Señora de Gracia, número 4, 1.º, puerta 3, Marbella. Profesión: Economista, fax 952829868 fax 952829868 y en la siguiente dirección [email protected]. No se aceptarán comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el concurso deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Málaga, 21 de mayo de 2012.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.