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Concurso de acreedores
SPAIN TRANSPORS LOGISTICS SL
CIF B64625353Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 19/12/2017 → 29/03/2022
- Procedimiento
- 672/2017
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal29/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 672/2017Juez : MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYAAuto 20/02/2024
Se declara en concurso de acreedores de carácter voluntario a la entidad JUAN REVERTER RAMOS, S.L. con CIF B12766010 y se acuerda la conclusión del presente concurso así como el archivo de las actuaciones.
- Conclusión del concurso29/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 672/2017Juez : FRANCISCO JULIAN HINOJAL GIJONAuto 20/02/2024
Se declara concluido el concurso y se acuerda el archivo definitivo de actuaciones.
- Otro acto concursal19/12/2017⚖️ BARCELONAProc. 672/2017Auto 14/11/2017
Edicto Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con nº 672/2017A, se ha declarado el concurso voluntario por auto de fecha 14 de noviembre de 2017 de Spain Transpors Logistics, S.L., con N.I.F. nº B64625353 en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es D./Dª Sergi Pujol Rueda, con domicilio en C/ Castillejos, 263. Box 3151 08013 Barcelona (Barcelona) y correo electrónico [email protected] Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito, C.Castillejos, 263. Box 3151 08013-Barcelona o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. la comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bines o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 23 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.