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Concurso de acreedores
SOYNACI KENZAI INTERNATIONAL SL
CIF B36400208Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 09/05/2012 → 09/05/2012
- Procedimiento
- 47/2012
Cronología del expediente
- Declaración de concurso09/05/2012⚖️ PONTEVEDRAProc. 47/2012Auto 21/03/2012
Edicto Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I, Declaración Concurso 47/2012-R, y NIG número 36038 471 2011/0000291, se ha dictado en fecha 21 de marzo de 2012 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Soynací Kenzai Internacional, Sociedad Limitada, con CIF número B-36400208, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Folio 160, del Libro de Sociedades 2675, inscripción 1.ª de la Hoja número PO 29423, y con domicilio social en Plaza de la Peregrina, número 3, puerta 7, de Pontevedra. 2º.- También se acuerda abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora. 3º.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración Concursal. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse por correo ordinario o electrónico ante la Administración Concursal, don Emiliano Cacabelos Montes, con DNI 37272659, calle Augusto García Sánchez, número 2, bajo, 36001 Pontevedra, e-mail: [email protected], en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito o en forma electrónica. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Pontevedra, 21 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.