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Concurso de acreedores

SOPAIR 2 COMERCIAL SL

CIF B82778838Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
127/02/201427/02/2014
Procedimiento
849/2013

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal27/02/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 849/2013Auto 04/02/2014

    El Secretario judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos que se siguen en esta Juzgado con el número 849/2013 se ha declarado, mediante auto de fecha 27/01/2014 el concurso voluntario de SOPAIR 2 COMERCIAL, S.L. con NIF B-82778838 y domicilio en C/ Enclusa, 49, poligono industrial Can Comellas Esparraguera, Barcelona, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado PGM IURIS Consulting, SLP y en su nombre don Jordi Pellicé Alemany por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del Administrador concursal, sito en calle Mallorca, 245, 6.º2.º, Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el Administrador concursal [email protected], en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto. El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el servicio común de los Juzgados Mercantiles. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal Barcelona, 4 de febrero de 2014.- Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.