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Concurso de acreedores

SONOBLOK SA

CIF A08242661Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 21/02/2013 → 06/10/2023
Procedimiento
63/2013
Juzgado
Mercantil - 7

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso06/10/2023
    ⚖️ Mercantil - 7Proc. 63/2013Juez : RAUL NICOLAS GARCIA OREJUDOAuto 20/09/2023

    Declaro concluso el procedimiento concursal de SONOBLOK SA y el archivo de las actuaciones.

  2. Otro acto concursal21/02/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 63/2013Auto 11/02/2013

    Edicto. Don Ignacio Asensio-Wandosell García-Cabañas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso 63/2013-G, 74/2013-G y 75/2013-G en el que se ha dictado con fecha de 11 de febrero de 2013 auto declarando en estado de concurso voluntario a: - La mercantil Sonoblok, S.A., con CIF A08242661 y domicilio en calle Perú, 252 de Barcelona, con sus facultades intervenidas (Concurso 63/2013-G). - La mercantil Sonoblok Audiovisual, S.L., con CIF B58094848 y domicilio en calle Perú, 252 de Barcelona, con sus facultades intervenidas (Concurso 74/2013-G). - La mercantil Sonomadrid Audiovisual, S.L., con CIF B85567055 y domicilio en Avenida Carabanchel Alto, 56 de Madrid, con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador Concursal a don José Luis Jori Tolosa, siendo Letrado, quien en fecha 12 de febrero de 2013 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal Avenida Diagonal, 442 bis, principal de Barcelona (08037) y dirección electrónica info@compas concursal.com Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 12 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.