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Concurso de acreedores

SON VANRELL SL EN LIQUIDACION

CIF B57295123Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
214/05/200917/05/2017
Procedimiento
537/2008
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso17/05/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaAuto 31/05/2016

    D. Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 537/08 y NIG 07040 47 1 2008 0028966 se ha dictado a instancia de la administración concursal de Son Vanrell, S.L. en fecha 31 de mayo de 2016, Auto de conclusión del concurso del deudor Son Vanrell, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Des Vent, n.º 3, de Sineu con CIF: B-57295123, habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial. Palma de Mallorca, 10 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal14/05/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de MallorcaProc. 537/2008Auto 16/04/2009

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 537/2008, por auto de 16 de Abril de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor la entidad SON VANRELL S.L. con CIF. B57295123, con domicilio en centro de principales intereses lo tiene en C/ DES VENT NÚM. 3 DE SINEU. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Palma de Mallorca, 21 de abril de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.