Concurso de acreedores
SOMIPREM SA
CIF A41285875Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 27/05/2009 → 04/02/2021
- Procedimiento
- 335/2009 · 1/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA · TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 1ª - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal04/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 335/2009Juez : EDUARDO GOMEZ LOPEZAuto 18/01/2021
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal04/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 335/2009Juez : EDUARDO GOMEZ LOPEZAuto 18/01/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso04/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 335/2009Juez : EDUARDO GOMEZ LOPEZAuto 18/01/2021
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal25/01/2021⚖️ SEVILLAProc. 1/2020Auto 20/01/2021
El Juzgado Mercantil 1 de Sevilla, de conformidad con el art. 35 del Texto Refundido Ley Concursal 1/2020, anuncia: La conclusión del proceso concursal n.º 335/09-H, de la entidad SOMIPREM, S.A., CIF A-41.285.875. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. Se aprueba la rendición de cuentas de la Administración Concursal. La declaración de extinción de la sociedad referida y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Sevilla, 20 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
- Conclusión del concurso19/01/2021⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 1ª - 1Proc. 335/2009Juez : EDUARDO GOMEZ LOPEZAuto 18/01/2021
CONCLUSIÓN Y APROBACIÓN CUENTAS AC
- Otro acto concursal27/05/2009⚖️ SEVILLA.Proc. 335/2009Auto 13/04/2009
Edicto 1º.- Que en el procedimiento número 335/2009, por Auto de 13 de abril de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Somiprem, S.A., con CIF A-41285875 y domicilio en Polígono Industrial "Carretera de la Isla" C/ Acueducto, 40, de Dos Hermanas (Sevilla). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometias éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 21 de mayo de 2009.- Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.