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Concurso de acreedores

SOLUCIONES RENOVABLES SL EN LIQUIDACION

CIF B92567148Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
326/05/201017/07/2020
Procedimiento
899/2009
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal17/07/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 899/2009Auto 29/10/2019

    Auto de aprobación del plan de liquidación

  2. Otro acto concursal06/03/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 899/2009Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 26/02/2020

    ANUNCIA QUE EN EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL 899.05/2009 REFERENTE AL CONCURSADO SOLUCIONES RENOVABLES SL POR AUTO DE 29 DE OCTUBRE DE 2019 SE HA APROBADO EL PLAN DE LIQUIDACION PRESENTADO POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL, ACORDANDOSE LO SIGUIENTE.

  3. Otro acto concursal26/05/2010
    ⚖️ MÁLAGAProc. 899/2009Auto 02/02/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 899/2009, por auto de 2 de febrero de 2010 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Soluciones Renovables, S.L., con N.I.F. B-92567148, domicilio en Paseo Marítimo Ciudad de Melilla, número 3. 29016 Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). En Málaga a, 15 de marzo de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.