InicioJusticiaSOLER ONTENIENTE SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

SOLER ONTENIENTE SOCIEDAD LIMITADA

CIF B96434717Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
130/04/201330/04/2013
Procedimiento
531/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso30/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 531/2012Auto 26/03/2013

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los articulos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n° 531/2012, habiéndose dictado en fecha 26 de marzo de 2013, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez, auto de declaración de concurso de acreedores de Soler Onteniente, S.L., con domicilio en Calle Mayans, nº 57, bajo, Onteniente y CIF nº B96434717, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 5303, Sección General, Folio 194, Libro 2611 Hoja V-43795. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D. José Manuel de Lorenzo Segrelles, con domicilio en la Calle Maestro Gozalbo, 20, pta. 5, 46005 Valencia, y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado, a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletin Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a Ios efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasifcación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 26 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.