InicioJusticiaSOCIEDAD ANONIMA INSTALEX 85

Concurso de acreedores

SOCIEDAD ANONIMA INSTALEX 85

CIF A08998627Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
127/11/201227/11/2012
Procedimiento
698/2012

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal27/11/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 698/2012Auto 12/11/2012

    Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los Autos con N.I.G. 08019-47-1-2012-8003290 y n.º 698/2012A se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 5/11/12 de Instalex 85, S.A., con C.I.F.: n.º A08998627 y domicilio en C/ Torrent del Alba, 5, Rubí, Barcelona, en el que se ha decretado suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concusal es don Pere Claramunt Audinis, con domicilio profesional sito en C/ Carreras Candi, 9, 08580 de Sant Quirze de Besora, y correo electrónico: [email protected] Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C/ Carreras Candi, 9, de Sant Quirze de Besora, o por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 12 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.