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Concurso de acreedores
SNEAKERS TRES SL
CIF B66072851Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 10/04/2019 → 10/04/2019
- Procedimiento
- 173/2019
Cronología del expediente
- Declaración de concurso10/04/2019⚖️ BARCELONAProc. 173/2019Auto 25/03/2019
D. Xavier García Bonet el Letrado de la Administración de Justicia en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 173/2019 Sección: B NIG: 0801947120198001589 Fecha del auto de declaración. 14/3/19 Clase de concurso. Voluntario. Entidad concursada SNEAKERS TRES, S.L. con CIF B66072851 Administradores concursales Se ha designado como administrador concursal Ismael Rodrigo Martín Dirección postal C/ Deu i Mata 156-158, entres 6.° 08029 Barcelona Dirección electrónica ismaelrodrigo@parconditio com Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12, Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art.184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 25 de marzo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.