Inicio›Justicia›SMARTKIDDS STORE SL

Concurso de acreedores

SMARTKIDDS STORE SL

CIF B65858300Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 15/09/2014 → 15/09/2014
Procedimiento
589/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso15/09/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 589/2014Auto 11/07/2014

    Doña María Aranzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 589/14, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad Smartkidds Store, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 589/2014, Sección C1. NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8004747. Entidad concursada: Smartkidds Store, S.L., con CIF n.º B65858300. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del Auto de declaración: 11 de julio de 2014. Administrador/es concursal/es: Doña Yolanda Cañizares Santos, en calle Santa Teresa, 7, Barcelona, número de teléfono 933680510, núm. de fax 93 2384743, con dirección electrónica [email protected], designado por la sociedad Pedrosa & Asociados Asesores Legales y Tributarios, S.L.P. Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 18 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.