Inicio›Justicia›SM TRADE CHANNEL SOLUTIONS SL
Concurso de acreedores
SM TRADE CHANNEL SOLUTIONS SL
CIF B66444894Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 06/05/2017 → 16/05/2022
- Procedimiento
- 110/2017
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil 5 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal16/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 110/2017Auto 10/02/2017
Nombramiento de Administrador concursal
- Otro acto concursal16/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 110/2017Juez : RAQUEL FERNÁNDEZ REYAuto 10/02/2017
SE DA PUBLICIDAD A LA PRESENTACIÓN DEL INFORME POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL
- Declaración de concurso16/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 110/2017Auto 10/02/2017
Auto de declaración de concurso
- Declaración de concurso06/05/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil 5 de BarcelonaProc. 110/2017Auto 06/03/2017
Francisco Velasco Garcia Plata, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 5 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial hago saber: Número de asunto. Concurso ordinario 110/2017 NIG: 0801947120170001019 Fecha del auto de declaración. 10/02/2017 Clase de Concurso. Voluntario Entidad concursada. SM TRADE CHENNEL SOLUTIONS SL, CIF B66444894 Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: ALHOS CONCURSAL SLP, B65755605, con domicilio en Calle Tuset 32, 9 planta 08006 Barcelona, quien designa a Josep Puigvert Ibars de profesión. Dirección postal: C/Tuset 32, 9 planta Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concurso. Intervenidas Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistido de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial, en la Oficina de Tramitación Concursal de los Órganos Mercantiles. Barcelona, 6 de marzo de 2017.- El letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.