Concurso de acreedores
SISTESUL SL
CIF B96101837Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 31/03/2009 → 17/11/2017
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso17/11/2017⚖️ VALENCIAAuto 06/02/2017
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso ordinario -000485/2007 voluntario, de la deudora concursada Sistesul, S.L., con CIF B96101837, con domicilio en el Polígono Industrial Fuente del Jarro, calle Ciudad de Barcelona, 1-II, Paterna, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 6 de febrero de 2017 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez don Jacinto Talens Seguí, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 6 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación31/03/2009⚖️ VALENCIA.Auto 03/03/2009
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramita concurso de acreedores de Sistesul, S.L. con domicilio en calle Ciudad de Barcelona 1-II Polígono Industrial Fuente del Jarro, Paterna y CIF B-96101837, habiéndose dictado en fecha 3 de marzo de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez Auto por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al artículo 144 Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la última de las publicaciones ordenadas en el BOE y en el Diario Levante El Mercantil Valenciano, para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Sección 6ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el artículo 168 Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 3 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.