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Concurso de acreedores

SINCROVIDEO SL

CIF B85074938Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
308/03/201202/07/2012
Procedimiento
802/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso02/07/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 802/2011Auto 11/06/2012

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia Que en el procedimiento concursal número 802/2011 referente al concursado "Sincrovideo, S.L.", con CIF B 85074938, por auto de fecha 11 de junio de 2012 se ha acordado lo siguiente: Primero.-Aprobar el plan de liquidación anticipada propuesto por la sociedad concursada presentado mediante escrito de solicitud de declaración de concurso voluntario de 29 de diciembre de 2011. Segundo.-Abrir la fase de liquidación. Tercero.-Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. Cuarto.-Declarar disuelta la entidad "Sincrovideo, S.L.", con CIF B-85074938, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Quinto.-Formación de la Sección Sexta de calificación del concurso. Sexto.-Póngase en conocimiento de los interesados que dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la presente resolución conforme al art. 144 en relación con el art. 23 yb 24 de la LC cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 11 de junio de 2012.- El/la Secretario/a judicial.

  2. Otro acto concursal23/05/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 802/2011Auto 07/05/2012

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia, Primero.-Que en el procedimiento concursal número 802/2011 referente al deudor Sincrovideo, S.L., con CIF B85074938, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.-Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los Tribunales. Madrid, 7 de mayo de 2012.- El/la Secretario/a judicial.

  3. Otro acto concursal08/03/2012
    ⚖️ MADRIDProc. 802/2011Auto 21/02/2012

    El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 802/2011, por auto de fecha 21/2/12, se ha declarado en concurso al deudor Sincrovideo, S.L. CIF B 85074938, con domicilio en calle Virgilio, n.º 11 (Ciudad de la Imagen) Pozuelo de Alarcón-Madrid. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamene en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente: Calle Costa Brava, n.º 37 portal 2, 4.º C, CP 28034 o por correo web [email protected], no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado. Cuarto.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 21 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.