InicioJusticiaSILLERIA FM SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

SILLERIA FM SOCIEDAD LIMITADA

CIF B12070710Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
225/05/201115/03/2018

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso15/03/2018
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 08/03/2018

    Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero. Que por Auto de fecha 8 de marzo de 2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n.º 000194/2011, NIG n.º 12040-66-2-2011-0000233, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "SILLERÍA F M, S.L.", domiciliado en calle Senda Pescadores, s/n Vila-real (Castellón) y CIF/DNI número B12070710. Segundo. Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta: PARTE DISPOSITIVA: "... PARTE DISPOSITIVA 1.- Acordar la Conclusion del concurso de SILLERÍA F M, S.L."seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000194/2011-III, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello. 2.- Declarar Aprobadas las Cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal. 3.- En particular, Acordar la extinción de la entidad "SILLERíA F M, S.L.", disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes. 4.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC). 5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan. 6.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones Sección primera del concurso. 7.- Notífiquese el presente Auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso." Castellón, 9 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal25/05/2011
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 20/04/2011

    Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por auto de fecha veinte de abril de dos mil once en el Procedimiento nº 194/11, se ha declarado en concurso voluntario/abreviado al deudor Sillería F M, S.L. con domicilio en c/ Senda Pescadores s/n 12540 Vila-real (Castellón) y CIF número B-12070710. Segundo: Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero: Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Castellón, 20 de abril de 2011.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.