InicioJusticiaSIEGRIST Y MORENO SL

Concurso de acreedores

SIEGRIST Y MORENO SL

CIF B79379087Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
611/09/201709/11/2020
Procedimiento
521/2017
Juzgado
MERCANTIL - 12 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso09/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 521/2017Juez : MOISES GUILLAMON RUIZAuto 05/03/2020

    SE DECLARA CONCLUSO EL CONCURSO POR FINALIZACION DE FASE DE LIQUIDACION DE SIEGRIST Y MORENO SL Y ARCHIVO DE ACTUACIONES

  2. Otro acto concursal04/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 521/2017Juez : MARIA DEL MAR FERNANDEZ BARJAUAuto 05/03/2020

    Edicto publicación Informe art. 75 LC con sus anexos inventario de bienes y lista de acreedores.

  3. Conclusión del concurso04/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 521/2017Juez : MARIA DEL MAR FERNANDEZ BARJAUAuto 05/03/2020

    Edicto publicación Informe art. 75 LC con sus anexos inventario bienes y lista acreedores

  4. Otro acto concursal12/05/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 521/2017Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 05/03/2020

    DECLARACION CONCURSO

  5. Otro acto concursal12/03/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 12 de MadridProc. 521/2017Auto 05/03/2020

    EDICTO D. Luis Espinosa Navarro, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), ANUNCIA 1º En el procedimiento Concurso ordinario 521/2017 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de SIEGRIST Y MORENO SL, con CIF nº B79379087 y con domicilio social en Calle Segre nº 20 (28002) Madrid. 2º La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción Madrid, 5 de marzo de 2020.- El letrado de la Administración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.

  6. Otro acto concursal11/09/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 521/2017Auto 06/09/2017

    Edicto D.LUIS ESPINOSA NAVARRO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso ordinario 521/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2017/0083911, por auto de fecha 27.7.2017, se ha declarado en concurso voluntario ordinario, a SIEGRIST Y MORENO, S.L., con CIF-B79379087, y domicilio en la calle Segre, n.º 20, 28002 de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es D. RAMÓN JUEGA CUESTA, con dirección electrónica en: [email protected] y la dirección postal: Plaza de Celenque, n.º 1-3.º izda., 28013 Madrid, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 6 de septiembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.