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Concurso de acreedores

Siam Estudio Integral, S.L

CIF B95097853Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
113/02/201413/02/2014
Procedimiento
2/2014

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal13/02/2014
    ⚖️ BILBAOProc. 2/2014Auto 28/01/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 2/2014, NIG n.º 48.04.2-13/031217, por auto de 21/1/2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Siam Estudio Integral, S.L., con CIF B95097853, con domicilio en calle Sarrikobaso, n.º 45, 1.ºC, Getxo (Bizkaia). 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal está integrada por Infante, Ramallo y Casanueva, S.L.P., siendo su representante don Mariano Ramallo Cardeñosa. Mariano Ramallo Cardeñosa DNI: 14602863W Dirección profesional: C/ Rodríguez Árias, 19, 1.º izquierda, 48011 Bilbao. Profesión: Abogado Teléfono: 944793566 Fax: 944793567 Correo electrónico: [email protected]. Infante, Ramallo y Casanueva, S.L.P. CIF: B-95564308. Domicilio: C/ Rodríguez Árias, 19, 1.º izquierda, Bilbao. Datos registrales: Registro Mercantil de Bizkaia, tomo 5030, folio 199, hoja BI-54241. Asimismo, se señala que la administración concursal aceptó el cargo en fecha 27.01.2014 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC) Bilbao (Bizkaia), 28 de enero de 2014.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.