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Concurso de acreedores
SHOP LOBB SL EN LIQUIDACION
CIF B82410838Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 16/01/2018 → 17/10/2023
- Procedimiento
- 1288/2017 · 136/2019
- Juzgado
- Mercantil - 11
Cronología del expediente
- Otro acto concursal17/10/2023⚖️ Mercantil - 11Proc. 1288/2017Juez : CELSO GONZÁLEZ VOCESAuto 16/10/2023
TEXTOS DEFINITIVOS
- Otro acto concursal02/03/2020⚖️ MERCANTIL - 11Proc. 136/2019Juez : MARIA LUISA PARIENTE VELLISCAAuto 29/01/2020
DESPACHO EJECUCIÓN PROVISIONAL SOLICITADA POR ADMINISTRADOR CONCURSAL CONTRA CONCURSADA SHOP LOBB,S.L. Y F4 MADRID NEGOCIOS,S.L.
- Otro acto concursal16/01/2018⚖️ MADRIDProc. 1288/2017Auto 12/01/2018
EDICTO Dª. María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.- Que en el Concurso Abreviado 1288/2017, por auto de fecha 12/01/2018, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a SHOP LOBB, S.L., con CIF B-82410838 con domicilio en Avenida de los Pirineos, nº 9, nave 8, 28703 San Sebastián de los Reyes (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Andrés Aznar Alcoriza, con DNI 50.870.396-P, con domicilio a efectos de notificación en Avenida del Mediterráneo, nº 7, 8º A, 28007 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Madrid, 12 de enero de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.