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Concurso de acreedores

SERVIMIL SA

CIF A28717007Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
407/07/201803/03/2025
Procedimiento
865/2018
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID · Mercantil - 12 · Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal03/03/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 865/2018Auto 18/02/2025

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso03/03/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 865/2018Juez : ANA MARIA ALVAREZ DE YRAOLAAuto 18/02/2025

    DECLARO A JOSE LUIS NAVARRO RODRIGUEZ EN CONCURSO VOLUNTARIO Y CONSECUTIVO, CON SUSPENSION DE FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICION. EL ADMINISTRADOR ES EUGENIO IGLESIAS DE JUAN

  3. Conclusión del concurso26/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 12Proc. 865/2018Juez : LUIS ESPINOSA NAVARROAuto 18/02/2025

    EDICTO- AUTO DE CONCLUSION DEL CONCURSO 865/2018

  4. Otro acto concursal07/07/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 865/2018Auto 03/07/2018

    EDICTO D. Luis Espinosa Navarro Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, hace saber: Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso ordinario 865/2018, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0105368, por auto de fecha 3/7/2017, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento ordinario, a SERVIMIL, S.A., con n.º de identificación A28717007, y domiciliado en calle Princesa n.º 29 4.ª Derecha 2889 Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es FMC CONCURSAL 2, S.L.P., con domicilio postal en Paseo de la Castellana 143, planta 7, C.P. 28046 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 3 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.