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Concurso de acreedores

SERVICLEOP SL

CIF B46020038Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
6 — 27/09/2014 → 09/11/2021
Procedimiento
919/2014
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA · MERCANTIL - 3

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal09/11/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 919/2014Juez : EDUARDO PASTOR MARTINEZAuto 21/06/2021

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso09/11/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 919/2014Juez : EDUARDO PASTOR MARTINEZAuto 21/06/2021

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso08/10/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 919/2014Juez : JOSE VICTOR SANZ GORDONAuto 21/06/2021

    AUTO DE CONCLUSION DE CONCURSO,CANCELACION DE ASIENTOS REGISTRALES, CESE EN EL CARGO DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL

  4. Otro acto concursal15/10/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 919/2014Juez : JOSE VICTOR SANZ GORDONAuto 11/07/2019

    AUTO APRUEBA PLAN DE LIQUIDACION , FORMESE LA SECCION SEXTA DE CALIFACION

  5. Apertura de liquidación10/06/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 919/2014Juez : JOSE VICTOR SANZ GORDONAuto 03/06/2019

    APERTURA LIQUIDACION

  6. Declaración de concurso27/09/2014
    ⚖️ VALENCIAAuto 30/07/2014

    Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 919/14 habiéndose dictado en fecha 30 de julio de 2014 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Servicleop, S.L. con CIF B46020038, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D. Francisco de Paula Blasco Gascó, con DNI 22.120.923-Y, con domicilio profesional en Gran Vía Marqués del Turia, 58-4.ª Valencia y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 31 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.