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Concurso de acreedores

SERVICIOS INTEGRALES CHICO SUAREZ SL

CIF B45857539Ver la ficha de la empresa

Pasivo 213.615 €Activo 31.898 €
Publicaciones
718/02/202130/05/2025
Procedimiento
454/2020
Juzgado
Mercantil - 1 · JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO · PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal30/05/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 454/2020Juez : ANA MARIA MARTIN-NIETO MARTINAuto 28/05/2025

    TEXTOS DEFINITIVOS

  2. Otro acto concursal30/05/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 454/2020Juez : ANA MARIA MARTIN-NIETO MARTINAuto 28/05/2025

    RENDICION DE CUENTAS Y BOLETIN ESTADISTICO

  3. Otro acto concursal03/10/2023
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDOProc. 454/2020Juez : JORGE LANGARITA CERRADAAuto 16/02/2021

    DISPONGO haber lugar a fijar para el administrador concursal D. Josep Maymí Colominas del concursado D. Juan Ropero Montoro por la intervención en el presente procedimiento de concurso consecutivo la cantidad de: 30,56 euros más IVA.

  4. Otro acto concursal03/10/2023
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDOProc. 454/2020Juez : SALVADOR ROBERTO LUDEÑA NICOLASAuto 16/02/2021

    1.- Declarar en concurso a Dª ANA MARIA CRUCES RINCON, con NIF nº 74910461J, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia, con la apertura de la fase de liquidación, formándose la sección quinta con testimonio de la presente resolució

  5. Declaración de concurso03/10/2023
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDOProc. 454/2020Juez : JUAN LUIS MOLES MONTOLIUAuto 16/02/2021

    Y por aportado el informe a que hace referencia el artículo 290 y siguientes de la Ley Concursal dése traslado a las partes personadas y publíquese en el Registro Público Concursal y en el Tablón de Edictos Judicial Único.

  6. Declaración de concurso24/02/2021
    ⚖️ TOLEDOAuto 16/02/2021

    D. Arturo García Del Castillo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº.1 y Mercantil de Toledo, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Seccion I Declaracion Concurso 0000454 /2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0005774, se ha dictado en fecha 16 de febrero de 2021 Auto de Declaración de Concurso Abreviado del deudor Servicios Integrales Chico Suarez, S.L., con CIF nº B45857539 y domicilio social en Puente del Arzobispo (Toledo), calle La Jara, número 11. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su patrimonio que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la sociedad la entidad Jorge Muñoz Consultores,S.L.P., con CIF: B98405608, con domicilio postal en calle Játiva 1 patio D 2º4 CP 46002 Valencia, y como persona natural que la representara en su nombre a D. Jorge Muñoz Roig, NIF 22537293-F y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previstos en los artículos 255, 256, 257 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado. Toledo, 19 de febrero de 2021.- Letrado de la Administracion de Justicia, Arturo García del Castillo.

  7. Declaración de concurso18/02/2021
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1Proc. 454/2020Juez : ANA GONZALEZ CARRILAuto 16/02/2021

    AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.