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Concurso de acreedores

SERVICIOS DE MARKETING KOLER SL

CIF B80632698Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
425/06/201423/08/2024
Procedimiento
388/2013
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/08/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 388/2013Juez : HELENA AGUSTI PONSAuto 29/04/2024

    EDICTO DECLRACION DE CONCURSO ABREVIADO

  2. Conclusión del concurso23/08/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 388/2013Juez : JOSE MARÍA FERNÁNDEZ SEIJOAuto 29/04/2024

    Declarar a MUHAMMAD BOOTA, en situación de concurso consecutivo

  3. Otro acto concursal05/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 388/2013Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARUBIAAuto 29/04/2024

    SE DECLARA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO DE PADUPASA

  4. Otro acto concursal25/06/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm.1 de MadridProc. 388/2013Auto 15/10/2013

    Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario número 388/2013, por auto de 15 de octubre de 2013, se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Servicios de Marketing Koler, S.L., CIF: B-80632698; Gestión Integral Inmobiliaria Koler, S.L., CIF: B-81521312, y Ciudalanz, S.L., CIF: B-36931939 cuyo centro principales de intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administradora Concursal doña Susana Villalba Trujillo, con domicilio en la calle Zurbano, n.º 10, 2.º, de Madrid, CP: 28010 o comuníquese por correo electrónico: [email protected] 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 3 de junio de 2014.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.