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Concurso de acreedores
SERVICIOS DE CONTROL INTEGRAL DE OBRAS SL
CIF B92174689Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 10/11/2010 → 16/09/2020
- Procedimiento
- 625/2010
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga
Cronología del expediente
- Otro acto concursal16/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 625/2010Juez : ANTONIO FUENTES BUJALANCEAuto 04/02/2020
Se aprueba plan de liquidación, se forma la sección sexta por plazo de 10 días para personación acreditando interés legítimo
- Otro acto concursal16/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 625/2010Auto 04/02/2020
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso16/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 625/2010Auto 04/02/2020
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal10/11/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MálagaProc. 625/2010Auto 14/09/2010
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 625/2010, por auto de 14 de septiembre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Servicios de Control Integral de Obras, S.L., con NIF B-92174689, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. El plazo para esta comunicación es de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.). Málaga, 14 de septiembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.