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Concurso de acreedores
SERVICIOS DE ADMINISTRACION ONE SL
CIF B99040461Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 13/06/2011 → 13/06/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza
Cronología del expediente
- Declaración de concurso13/06/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaAuto 01/06/2011
Edicto Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección l declaración concurso 0000136/2011 se ha dictado a instancias de Servicios de Administración One, S.L., en fecha 1-6-11 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Servicios de Administración One, S.L., con CIF B99040461, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Francisco Vitoria, n.º 5-7, local, de Zaragoza. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de lo documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 1 de junio de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.