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Concurso de acreedores

Sergio Pérez Asensio, co

CIF N46737173Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
126/05/201826/05/2018
Procedimiento
1002/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso26/05/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 1002/2017Auto 19/03/2018

    EDICTO Don Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto: Concurso consecutivo 1002/2017. Sección: C1/ NIG: 0801947120178007867. Fecha del auto de declaración: 20/02/2018. Clase de concurso: Voluntario. Entidad concursada: Sergio Pérez Asensio, con 46737173T, con domicilio en Calle Valencia 522, 6.º 3.ª, 08013 - Barcelona. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Daniel Capdevila Dalmau, de profesión abogado. Dirección postal: Calle Tuset, 34, pral. 4.ª A, 08006 - Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Telef. 932171688 y fax 932377372. Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona. Forma de personación: Los creedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 19 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.