InicioJusticiaSERGEYCO SA EN LIQUIDACION

Concurso de acreedores

SERGEYCO SA EN LIQUIDACION

CIF A78931490Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
304/12/201329/03/2025
Procedimiento
668/2013
Juzgado
Mercantil - 9

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso29/03/2025
    ⚖️ Mercantil - 9Proc. 668/2013Juez : MOISES GUILLAMON RUIZAuto 25/03/2025

    VER EDICTO

  2. Convenio de acreedores18/06/2014
    ⚖️ MADRIDAuto 06/06/2014

    El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 668/13, referente al concursado SERGEYCO, S.A., con CIF-A78931490, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 30/10/14, a las 11:00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. 2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC. 3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. Madrid, 6 de junio de 2014.- Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal04/12/2013
    ⚖️ MADRIDAuto 21/11/2013

    El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que conforme a lo acordado por auto de fecha 15/11/13 en autos 668/13 se ha declarado en Concurso Voluntario Ordinario al deudor Sergeyco, S.A., con domicilio en calle Carretera Pinto a San Martín de la Vega km. 0.500 nave D-8 de Pinto, Madrid 283020 con C.I.F.: A-78931490. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la Administración concursal mediante autorización o conformidad. 3º.- Que los acreedores de l concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- Administrador/es Concursal/es: Sánchez-Pintado&Núñez Estudio Concursal, S.L.P., con domicilio en calle Velázquez, n.º 157 5.º C Tel. 914261155 y Fax 914313554, e-mail: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Madrid, 21 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.