InicioJusticiaSERALICAN, SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

SERALICAN, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B76018795Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
324/01/201325/02/2026
Procedimiento
85/2012
Juzgado
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA N.º 1 · Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso25/02/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA N.º 1Proc. 85/2012Juez : MATÍAS MARTÍNEZ GÓMEZAuto 26/01/2026

    DECLARO LA CONCLUSIÓN (VER ARCHIVO ADJUNTO)

  2. Declaración de concurso19/06/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 85/2012Auto 06/06/2013

    Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 85/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Seralican, S.L. y CIF n.º B76018795, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 6 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso24/01/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 85/2012Auto 21/12/2012

    Edicto. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 85/2012, seguido a instancias del Procurador don Vicente Gutierrez Álamo, en nombre y representación de "Seralican, S.L.", se ha dictado auto el día 21 de diciembre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de "Seralican, S.L.", con CIF n.º B76018795, el que se tramitará por el procedimiento ordinario. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". Se designa como Administrador del concurso a la entidad "AB ECO Asesores Consultores Legales Tributarios, SCP",siendo la persona física que representará a la entidad para representar el cargo de administrador concursal don Pablo Monzón Fernández, Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Triana, 44, 2.º, 35002 Las Palmas de Gran Canaria, teléfonos 928.26.22.66 y 928.27.75.56, fax 928.27.28.95, así como dirección electrónica [email protected]. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). Don Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial. Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente. Las Palmas de Gran Canaria, 11 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.