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Concurso de acreedores
SELTA ESPAÑA SA
CIF A82890310Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 29/12/2016 → 07/07/2021
- Procedimiento
- 696/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID · JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID
Cronología del expediente
- Otro acto concursal07/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 696/2016Auto 11/06/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso07/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 696/2016Auto 11/06/2021
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal14/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Proc. 696/2016Juez : PEDRO JOSE MALAGON RUIZAuto 09/09/2020
CONVOCATORIA JUNTA DE ACREEDORES
- Otro acto concursal29/12/2016⚖️ MADRIDProc. 696/2016Auto 16/12/2016
Dª Virginia Montejo Labrada, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 7 de Madrid Hace saber: Que en el concurso Concurso Abreviado 696/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0160777, por auto de fecha 13/10/2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a SELTA ESPAÑA, S.A., con nº de identificación A82890310, y domiciliado en calle Puerto de Guadarrama, 3 Polígono Industrial " Las Nieves" Móstoles 28935. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal La identidad de la Administración concursal es Doña María José Dueñas Pozo, con domicilio postal en Avda. Monasterio de El Escorial nº 21, 4ºA CP28007, Madrid. Teléfono: 687763710 y correo electrónico [email protected]. ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 16 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.