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Concurso de acreedores
SEGURIBER SALUD SL
CIF B85138790Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 06/08/2012 → 06/03/2018
- Procedimiento
- 62/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal06/03/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridProc. 62/2012Auto 01/03/2018
Don Enrique Calvo Vergara, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, Anuncia: Que en el procedimiento concurso abreviado 62/2012 se dictó Auto de fecha 1 de marzo de 2018 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de la concursada SEGURIBER SALUD, S.L., con CIF n.º B85138790 y con domicilio en la calle Factor, n.º 5, bajo. 28013 Madrid. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistente en ese momento. Madrid, 2 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso13/06/2013⚖️ MADRIDAuto 27/05/2013
Don Enrique Calvo Vergara, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 de la LC, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 62/12 referente al deudor SEGURIBER SALUD, SL con CIF: B-85138790 por auto de fecha 27/05/13 se ha acordado lo siguiente: 1.º Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor SEGURIBER SALUD, SL. 2.º Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.º Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y de disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4.º Se declara disuelta la entidad concursada cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5.º Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 6.º Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se publicarán en el BOE y se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado. Inscríbase asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos. 7.º En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC. Madrid, 27 de mayo de 2013.- Secretario Judicial.
- Otro acto concursal06/08/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridAuto 24/07/2012
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 62/12, por Auto de fecha 20/07/12, se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Seguriber Salud, S.L., con CIF n.º B-85138790, con domicilio en Madrid, calle Factor, 5, de Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: 1. Por presentación o remisión a la dirección: "Administación Concursal del concurso de Seguriber Salud, S.L., Administrador Concursal, doña María Isabel Martínez Gómez, con domicilio en Avenida Sierra de Gredos, 11, Portal 20, Bajo A, de Villanueva de la Cañada 28691 (Madrid), teléfono 91. 812 53 02 2. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected]. Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( art. 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado. Madrid, 24 de julio de 2012.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.