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Concurso de acreedores

SCOPIK BRAND SYSTEMS SL

CIF B83306050Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
210/11/200911/03/2019
Procedimiento
616/2009
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal11/03/2019
    ⚖️ MADRIDProc. 616/2009Auto 06/03/2019

    Don Enrique Calvo Vergara, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid. En el procedimiento arriba indicado, Concurso Abreviado 616/2009 se dictó un auto de fecha 5/3/19 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de SKOPIK BRAND SYSTEMS S.L., con CIF: B-83306050 y con domicilio en c/ Colibríes nº 1, nave 2, Polígono Industrial Pinto, 28320 Pinto (Madrid). La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 6 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Enrique Calvo Vergara.

  2. Otro acto concursal10/11/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de MadridAuto 28/10/2009

    El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Madrid, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 616/09, por auto de fecha 28 de octubre de 2009 de se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor Scoik Brand Systems, SL,, con cif.- b 83306050, con domicilio en c/Colibríes núm. 1, Nave 2 de Polígono Industrial de pinto y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la presente publicación. Madrid, 30 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.