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Concurso de acreedores
SCIENTER ESPAÑA SL
CIF B18498931Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 17/03/2015 → 17/03/2015
- Procedimiento
- 164/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada
Cronología del expediente
- Declaración de concurso17/03/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de GranadaProc. 164/2015Auto 19/02/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 164/2015, con NIG 1808742M20150000172, por auto de 19 de febrero de 2015 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor SCIENTER ESPAÑA, S.L., con CIF B18498931, con domicilio en C/ Luis Amador, n.º 24, Centro de negocios de la ccing, oficina F, CP 18014 Granada, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Antonio Martínez Romero, con domicilio postal C/ Recogidas, n.º 57, 6.º derecha, Granada, y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que el Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp. Granada, 3 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.