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Concurso de acreedores

SAURA SL

CIF B03124138Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 04/02/2012 → 30/11/2017
Procedimiento
01/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/11/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteAuto 24/11/2017

    D.ª Cristina Cifo González, Letrada A. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, por el presente, Anuncio: Que en el presente concurso de acreedores n.º 1032/11 I, seguido en este Órgano Judicial, a instancia del deudor SAURA, S.L. se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 24 de noviembre de 2017 cuya Parte Dispositiva es de este tenor literal: 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de SAURA, S.L., con CIF n.º B-03124138. 2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor SAURA, S.L. que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 3. Se acuerda la extinción de SAURA, S.L. decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 25 de octubre de 2017. 5. Se acuerda el cese de la administración concursal, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art 177). Firma Magistrado-Juez - Firma Letrada A. Justicia. Alicante, 24 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal04/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteProc. 01/2012Auto 23/01/2012

    Edicto D.ª Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 9/01/2012 en el procedimiento n.º de autos 1032/2011 y NIG.03014-66-2-2011-0002243 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor SAURA, S.L. con C.I.F n.º B-03124138 y domicilio social en Muchamiel (Alicante), Partida de los Llanos s/n. Segundo.- Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que ha sido nombrado administrador concursal D. José Barrachina Mataix, en calidad de Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Alcoy (Alicante) don domicilio postal en C/ Capitán Dema n.º 12 3.º B 03007 Alicante, teléfono 965543644 y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 23 de enero de 2012.- La Secretario Judicial, Cristina Cifo González.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.