Concurso de acreedores
SATURNO 3 SL
CIF B81566804Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 06/11/2020 → 20/05/2021
- Procedimiento
- 102/2021
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID · MERCANTIL - 7
Cronología del expediente
- Otro acto concursal20/05/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 102/2021Juez : JUANA MARIA LORITE CHICHARROAuto 10/03/2021
Declaración de concurso en AUTO de fecha 19-10-2020 en número de autos 1006/2020 en el Juzgado de Primera Instancia nº2 de Alicante. Nombramiento Administrador Concursal a D. Antonio Ballester Sánchez. e-mail: [email protected]
- Otro acto concursal23/03/2021⚖️ MADRIDProc. 102/2021Auto 10/03/2021
Edicto. Don José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7, de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 102/2021, referente a la mercantil Saturno 3, S.L., con CIF B81566804, por auto de fecha 10 de marzo de 2021, se ha decretado la declaración y simultáneamente la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 10 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Vela Pérez.
- Conclusión del concurso17/03/2021⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 102/2021Juez : JUAN CARLOS PICAZO MENÉNDEZAuto 10/03/2021
Declaración y conclusión del concurso
- Conclusión del concurso06/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 102/2021Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 10/03/2021
Se ha presentado por la AC escrito de rendición de cuentas al que se refiere el artículo 478.2 TRLC,queda de manifiesto por PLAZO DE QUINCE DÍAS en esta oficina judicial a disposición de los interesados que acrediten interés legítimo.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.