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Concurso de acreedores

SASTRE INGENIERIA SL

CIF B62304043Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
218/12/201415/04/2019
Procedimiento
350/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal15/04/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 350/2014Auto 27/03/2019

    Don Gaspar Caballero Ochoa, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso ordinario 350/2014 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de SASTRE INGENIERÍA, S.L., con NIF B62304043, con domicilio en Rambla Catalunya 53-55, 5è, 08007 - Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 27 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Gaspar Caballero Ochoa.

  2. Declaración de concurso18/12/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 350/2014Auto 15/04/2014

    Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramite el proceso concursal 350/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Sastre Ingeniería, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 350/2014 Sección C1. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2014-8000090. Entidad Concursada.- Sastre Ingeniería, S.L., con CIF n.º B62304043. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 15 de abril de 2014. Administrador concursal.- Don José Juan Andújar Santos, designado por la sociedad nombrada administradora concursal Graells & Andujar, Administradores Concursales, S.L.P., con domicilio profesional en Av. Gran Via de les Corts Catalanes, 643, 4.ª, 08010 Barcelona, núm. de teléfono 933426270, núm. de fax 933426271, con dirección electrónica [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a resta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 28 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.