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Concurso de acreedores

Sara Domíguez Aragonés, co

CIF N46793059Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
130/10/201930/10/2019
Procedimiento
1221/2019
Administración concursal
Susana Moreno de Lamo

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso30/10/2019
    ⚖️ BARCELONAProc. 1221/2019Auto 21/10/2019

    Gaspar Caballero Ochoa, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 1221/2019 Sección: C2 NIG: 0801947120198013856 Fecha del auto de declaración. 23/09/2019. Clase de concurso. voluntario. Entidad concursada. Sara Domíguez Aragonés, con 46793059L. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Susana Moreno de Lamo. Dirección postal: Plaza Cardona 11, 1º 2ª, 08006 Barcelona Dirección electrónica: [email protected] Teléfono 689361434 Régimen de las facultades del concursado. suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes, a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12, Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 21 de octubre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Gaspar Caballero Ochoa.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.