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Concurso de acreedores
SANTURTZI GESTION SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95586418Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 20/12/2011 → 05/05/2015
- Procedimiento
- 915/2011
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso05/05/2015⚖️ BILBAOAuto 17/04/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 915/11, por auto de 17 de abril de 2015, se ha declarado la conclusión del concurso voluntario del deudor Santurtzi Gestión, S.L. con CIF B-95586418 y con domicilio en calle Gran Vía, n.º 16, 48001 Bilbao, por inexistencia de bienes con los que poder satisfacer el pago de los créditos. 2.º Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.º Se declara que el deudor Santurtzi Gestión, S.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia, a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro, que se entregará al Procurador de la mercantil concursada para su diligenciamiento. 4.º Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado. Dicha publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. 5.º Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. 6.º Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a los dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC. 7.º Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. Bilbao (Bizkaia), 17 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal20/12/2011⚖️ BILBAOProc. 915/2011Auto 29/11/2011
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 915/2011, por auto de 29 de noviembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Santurtzi Gestión, S.L.", con NIF B-95586418, con domicilio en Gran Vía de Diego López de Haro, número 16, 48001 Bilbao, y cuyo centro de principales intereses lo tienen en Bilbao. 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao (Bizkaia), 29 de noviembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.