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Concurso de acreedores
SANTIAGO DOS SL
CIF B15388473Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 28/02/2013 → 11/12/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación11/12/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A CoruñaAuto 22/11/2017
Edicto Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, hago saber: En este órgano judicial se tramita Concurso Abreviado 0000453 /2012-L seguido contra Santiago Dos, S.L., CIF B-15.388.473 y domicilio social en C/ Cristo, n.° 40, Ferrol, A Coruña, sobre en los que, por resolución de fecha 22 de noviembre de 2017 se ha acordado Auto de Conclusión del Concurso por fin de la fase de liquidación, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: "Parte dispositiva 1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Santiago Dos, S.L., C.I.F. B-15.388.473, con domicilio social en la C/ Cristo 40, de Ferrol, Coruña; con los efectos legales inherentes. 2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese del administrador concursal. 4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Santiago Dos, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil (inscrita en el Registro Mercantil de Coruña, Tomo 2.327, Folio 4, Hoja C-4.795) y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. 5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. 6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente. Modo de impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) Así lo manda y firma S.S.ª D.ª María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Coruña. Doy fe." Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto. A Coruña, 22 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación19/01/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A CoruñaAuto 13/07/2016
Edicto Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, En los autos de concurso voluntario abreviado núm. 453/12-L, seguido ante este Juzgado a instancia de la entidad Santiago Dos, S.L., se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva 1. Se tiene por solicitada por la representación de la concursada la liquidación de la de la entidad deudora Santiago Dos, S.L., por imposibilidad de cumplimiento del convenio. 2. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta, de liquidación, que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3. Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4. Se declara disuelta la entidad deudora Santiago Dos, S.L., con CIF B-15.388.473, inscrita en el Registro Mercantil de Coruña al tomo 2.327, folio 4, hoja C-4.795; cesando en su función sus administradores, que son sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5. Se repone en su cargo de administrador concursal a D. José Allegue Seoane. 6. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE, así como en el Registro Público Concursal, si estuviere operativo. Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos 7. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 8. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 9. Se reapertura la Sección Sexta de calificación del concurso, a la que se unirá testimonio de esta resolución, poniéndose en conocimiento de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en el término de diez días desde la última de las publicaciones edictales. (Art. 168.1 LC). Notifíquese a las partes. Modo de Impugnación: Mediante recurso de apelación ante este Juzgado para la Audiencia Provincial de Coruña (art. 197.4 LC). El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, previa al constitución de depósito por importe de 50 euros en el modo indicado en la D.A. 15a de la LOPJ. Lo acuerda y firma S.S.ª D. María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña. Doy fe. Y para que sirva de notificación se extiende la presente en A Coruña, 13 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal28/02/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A CoruñaAuto 11/02/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Procedimiento 453/12-L, por Auto de 11 de febrero de 2013 se ha declarado en concurso voluntario a la entidad deudora Santiago Dos, S.L., con CIF B-15388473 y domicilio social en c/ Cristo, núm. 40, Ferrol (A Coruña) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicha localidad. 2.º Que la deudora declarada en concurso conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 de la LC). 5.º Que ha sido nombrado administrador concursal único el economista don José Allegue Seoane, con despacho profesional en Avda. Doctor Villanueva, 21, 15600 Pontedeume (A Coruña) y correo electrónico: [email protected] A Coruña, 14 de febrero de 2013.- El/La Secretario/a.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.