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Concurso de acreedores
SANREALSURF SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95203329Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 03/11/2018 → 19/02/2020
- Procedimiento
- 925/2018
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil 1 de Bilbao
Cronología del expediente
- Otro acto concursal19/02/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 925/2018Auto 03/02/2020
Edicto Doña Fernanda Abiega Gil, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 925/2018 en el que figura como concursado Sanreal Surf, S.L., CIF B95203329,se ha dictado en el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 3 de febrero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.
- Conclusión del concurso14/02/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 925/2018Juez : MARCOS BERMUDEZ AVILAAuto 03/02/2020
SE DECLARA CONCLUSO EL PROCEDIMIENTO CONCURSA 925/2018
- Otro acto concursal24/11/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 925/2018Auto 14/11/2018
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 925/2018, que se sigue en este Juzgado sobre concurso voluntario de la mercantil San Real Surf, S.L, con C.I.F B95203329, con domicilio en Barrio Urazandi, Polígono Industrial, Parcela 2, Local 6B-Erandio (Bizkaia), se ha acordado, a fin de facilitar la tramitación coordinada de concursos, el cambio de Administrador Concursal, habiendo cesado en sus funciones el anteriormente designado, don Rodrigo Cabedo Gregori. La Administración concursal está integrada a partir de este momento por doña Amaia Garbiñe Obieta Muñoz. Domicilio Postal; calle Colón de Larreategui, n.º 26, bajo G, 48009 Bilbao. Dirección electrónica: [email protected] Bilbao, 14 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega.
- Apertura de liquidación03/11/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil 1 de BilbaoProc. 925/2018Auto 11/10/2018
Edicto El Juzgado de lo Mercantil 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C), anuncia: 1.-Que en el procedimiento número 925/2018, N.I.G 48.04.2-18/030057, por auto de 11/10/2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Sanreal Surf, S.L, con C.I.F. B 95203329, con domicilio en Barrio Urazandi, Polígono Industrial, Parcela n,º 2, Local 6b -Erandio(Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo domicilio. La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la Administración Concursal. 2.-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.-Que la administración concursal está integrada por Don Rodrigo Cabedo Gregori Domicilio postal: Calle Gran Vía n 42 principal derecha 48011 Bilbao Dirección electrónica: [email protected] 4.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C- El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". 5.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la L.C). 6.-Que las resoluciones que traigan causa de concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Publico Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 11 de octubre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.