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Concurso de acreedores
SANCHEZ PIÑEIRO SL
CIF B36770634Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 13/10/2021 → 27/12/2022
- Procedimiento
- 394/2022
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA · MERCANTIL - 3
Cronología del expediente
- Otro acto concursal27/12/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 394/2022Juez : MARIA JOSE PEIRO ASPURZAuto 04/10/2022
Se califica el concurso como fortuito y el archivo de la presente sección
- Apertura de liquidación27/12/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 394/2022Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 04/10/2022
el día 7 de octubre se ha puesto de manifiesto del Plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado. Plazo 15 días para alegaciones y propuestas de modificación
- Otro acto concursal27/12/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 394/2022Auto 04/10/2022
Nombramiento de Administrador concursal
- Otro acto concursal27/12/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 394/2022Juez : AMELIA MARIA PEREZ MOSTEIROAuto 23/12/2022
1. Que en el SECCION I DECLARACION CONCURSO 417/22, referente al deudor SANCHEZ PIÑEIRO SL con CIF núm. 36.770.634, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título VI de la Ley Concursal,
- Declaración de concurso13/10/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 394/2022Juez : Amelia María Pérez MosteiroAuto 04/10/2022
1º Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora SÁNCHEZ PIÑEIRO, S.L., con CIF B-36.770.634, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Calle Doctor Dario Durán Gómez núm. 11 de Vigo (Pontevedra).
- Declaración de concurso13/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 394/2022Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 04/10/2022
1. Abrir la fase de liquidación del concurso; 2. acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio; 3. Se declara disuelta la entidad concursada, cesando en su función sus administradores (¿)
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.